El servicio
postal de paquetería a finales del S XIX.
Francisco
Pons
A finales del S XIX, y por la legislación vigente del 1898,
el servicio de paquetería estaba cargo en exclusiva de las compañías españolas
de ferrocarriles, por delegación de la Dirección general de Correos y
Telégrafos y el público podía desde cualquiera de las estaciones de ferrocarriles
situadas en las líneas, expedir paquetes y recibir también los expedidos desde
cualquier estación de las naciones convenidas. En la Unión Postal
Internacional.
Las condiciones para el servicio postal de paquetería eran
que los paquetes que había de facturarse no excedieran de tres kilogramos de
peso ni de un volumen mayor de 20 centímetros cúbicos, no excediendo tampoco de
60 centímetros la longitud de cualquiera de sus caras y no podían contener
materias explosivas é inflamables, ni artículos prohibidos por las Leyes o
reglamentos de Aduanas.
Dentro de los paquetes no podían incluirse cartas ó notas
que tuvieran carácter de correspondencia t todo paquete llevaba las señas del
destinatario e iba embalado su contenido, de modo que preservaba eficazmente su
contenido; estaba lacrado y precintado o
sujeto con un sello o marca del remitente, e iba acompañado del número de
declaraciones de Aduanas que se marcaban en la tarifa.
Los bultos no podían expedirse con declaración de valor, ni
reembolsos, ni desembolsos de ninguna especie y era obligatorio el pago previo,
en metálico, de los portes correspondientes.
Los paquetes se transportaban por los trenes-correos u otros
que admitan bultos de gran velocidad y por la expedición más inmediata y la entrega
a los destinatarios se hacía, mediante recibo, en la estación de destino o a
domicilio.
El consignatario de cada paquete postal debía pagar 15
céntimos de peseta por la carta de aviso o conducción a domicilio, según los
casos y una comisión de 10 céntimos de peseta por las operaciones que se habían
hecho en las Aduanas de entrada por los agentes de las compañías, además de los
derechos eventuales de Aduanas, de fielato y demás gastos con que se hallase
gravado el envío.
La pérdida o la avería de un paquete postal que no fuese
producida por fuerza mayor, daba lugar al pago de una indemnización
correspondiente al importe real de la pérdida o avería, pero sin que pudiera
nunca exceder de 15 pesetas por paquete y las reclamaciones por pérdida o
avería sólo se admitían durante un año, a partir de la fecha en que se hubiera
hecho la entrega por el remitente. Pasado este plazo no habrá derecho para
reclamar indemnización.
Las
compañías adscritas al servicio de paquetería eran:
Almansa a Valencia y Tarragona
—Las
líneas de Almansa a Valencia y Tarragona.
—Carcagente
a Gandía y Denia.
Andaluces.
— Las líneas de Albatera a
Torrevieja.
—Alicante
a Murcia.
—Bobadilla
a Granada.
—Córdoba
a Belmez.
—
Córdoba a Málaga.
—Espeluy
a Jaén.
—Jerez
a Sanlúcar.
—Marchena
a Ecija.
—Sevilla
a Cádiz.
—Sevilla
a Carmona.
—Utrera
a Morón.
—Utrera
á Osuna y La Roda,
Barcelona a San Juan de las Abadesas.
—La
línea de Granollers a San Juan de las Abadesas.
Lérida a Beus y Tarragona.
—La
línea de Lérida a Reus y Tarragona.
Madrid a Cáceres y Portugal.
—Las
líneas de Madrid a Valencia de Alcántara.
—Arroyo
a Cáceres.
Madrid a Zaragoza y Alicante.
—Las líneas de Alrnorchón a Bélmez.
—Aranjuez a Cuenca.
—Castillejo a Toledo.
—Chinchilla
a Cartagena.
—Madrid
a Alicante.
—Madrid
a Badajoz.
—Madrid
a Sevilla.
—Madrid
a Zaragoza.
—Manzanares
a Ciudad Real.
—Mérida
a Cáceres.
—Sevilla
a Huelva.
—Sevilla
a Mérida.
—Vadollano
a Linares.
Norte de España.
—Las
líneas de Bilbao a Castejón.
—León
a Gijón.
—Madrid
a Irún.
—Medina
del Campo a Segovia.
—Oviedo
a Trubia.
—Palencia
a la Coruna.
—
elgua a Barbastro.
—Tardienta
a Huesca.
—Toral
de los Abados a Villafranca.
—Venta
de Baños a Santander.
—
Zaragoza a Alsásua.
—Zaragoza
á Barcelona.
Tarragona a Barcelona y Francia.
—La línea de Tarragona a
Barcelona y Portbou. (Litoral e interior.)
Medina del Campo a Salamanca y frontera portuguesa.
—La
línea de Medina del Campo a Fuentes de Oñoro.
Medina del Campo a Zamora.
—Las
líneas de Medina del Campo a Zamora.
—Mónforte
a Orense y Vigo.
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